24.9.09

DOS FORMAS DE ACTUAR ANTE LOS PROBLEMAS DE LA JUSTICIA







Desgraciadamente la política “efectista”, de “fogonazo y apariencia” gana posiciones en nuestro país en los últimos años. Lo de considerar autoridad pública a los profesores, decir que se van a instalar tarimas en las aulas para que el profesor esté por encima de los alumnos o predicar que se han abierto colegios bilingües cuando lo único que se hace es que se imparte una clase más de idiomas, son buena muestra como el Gobierno de la Sra. Aguirre le ha pillado la distancia a esa forma de hacer política. Pero éste es un tema de la semana pasada, aquellos que hayan tenido a bien en leer mi artículo “el valor de la educación” saben a lo que me estoy refiriendo. Esta semana me quiero ocupar de la situación de la Justicia y la distinta manera de enfocar el problema en el funcionamiento de su Administración por el Gobierno Zapatero y el de la Sra. Aguirre.

En la inauguración del nuevo año judicial hemos escuchado los discursos del Fiscal General del Estado y del Presidente del Tribunal Supremo. En ello, además de cuestiones más o menos coyunturales, se ha vuelto a poner sobre la mesa los grandes problemas que aquejan a la Justicia española: colapso de los tribunales, insuficiencia de medios materiales y humanos y crecimiento de la litigiosidad y delincuencia sin que ello halla llevado hasta ahora un aumento suficiente de jueces y fiscales para hacerles frente. Afrontar esta situación es responsabilidad del Gobierno de la Nación pero también lo es de los gobiernos regionales que han asumido las competencias –es el caso de la Comunidad de Madrid-.

Todos aquellos que conocen nuestro sistema judicial saben que atajar esa situación no se consigue con medidas que se pongan en práctica de un día para otro y surtan efecto inmediato. Requiere de la reestructuración de una Administración Judicial envejecida, de una gran inversión en capital humano y tecnológico y romper con dinámicas de trabajo poco eficaces y que, en muchos casos, encubren privilegios e intereses corporativos. Los últimos Gobiernos de Zapatero han tomado “el toro por los cuernos” y han puesto en marcha medidas de ese tipo: antes del verano se presentó ante el Parlamento la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial para poner en marcha la nueva Oficina Judicial, que ha de procurar la agilización de la Justicia y mejorar los estándares de calidad de nuestros Juzgados y Tribunales; recientemente el Ministro Caamaño ha presentado el Plan de Modernización de la Justicia 2009-2012 en el que el Gobierno de España invertirá 600 millones adicionales para la modernización de la Justicia, además de crear mas de 2000 nuevas plazas de Jueces, Fiscales y Secretarios Judiciales, poner en marcha una gran red informática para conectar todos los Juzgados y Tribunales y crear un Registro Civil único, informatizado y digitalizado.

Todas estas medidas son acciones políticas de fondo, fruto de un análisis concienzudo del problema de nuestra Justicia y con vocación de corregirlos de raíz. Por supuesto, van más allá de política de “escaparate” y puro efectismo que se agotan en el titular de prensa o la discusión de dos tertulias de radio. Los resultados, evidentemente, están por ver, pero tanto las instituciones judiciales, como el Consejo General del Poder Judicial así como las asociaciones de Jueces, Fiscales y personal de la Administración de Justicia reconocen que ese es el camino para solucionar los problemas que tiene la Justicia española.

Frente a esa forma de encarar éste asunto, ¿qué hace la Comunidad de Madrid en el ejercicio de sus competencias? Valgan dos ejemplos: La Ciudad de la Justicia y las retribuciones a los Abogados de Oficio.

La Ciudad de la Justicia es un gran proyecto de la Comunidad de Madrid. Sabemos que así es porque tanto la Sra. Aguirre como el Alcalde Gallardón se encargaron de poner la primera piedra y hacer grandes discursos y lucidos titulares de prensa. Todos estamos de acuerdo con que es un proyecto importante para Madrid, puesto que es la oportunidad de poner en marcha sedes judiciales adecuadas a una nueva organización con más espacio, con más informatización y mejor distribución. Un proyecto que tiene unos tiempos de ejecución: una primera fase, con seis edificios, para su inauguración en 2011; y una segunda fase, con otros nueve edificios, para su inauguración en 2015. Pues bien, la Consejería de Interior y Justicia ya ha dicho que ninguna de las obras finalizarán antes del 2015. ¿Motivos? Según dice la Consejería porque el Ayuntamiento no da las licencias necesarias y falta presupuesto. El primer motivo es bien curioso, cuando el propio Alcalde se apuntó a la foto de inauguración; y el segundo más, cuando a algunos nos consta que la Comunidad de Madrid ha dejado de recibir aportaciones que el Ministerio de Justicia tenía que dar para pagar el proyecto tan sólo porque la Administración Autonómica se olvidó reclamar las cantidades.

Los Abogados de Oficio garantizan el derecho a la Justicia gratuita para aquellas personas que no cuentan con medios suficientes para pagarse la asistencia letrada. Forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva de toda persona que reconoce la Constitución. En Madrid desarrollan esta importante labor más de 5000 abogados que prestan un servicio impagable a la sociedad madrileña, y digo impagable, porque para quién no lo sepa un abogado de oficio por un caso de este tipo no ingresa más de 200 euros. Pues bien, la competencia para pagar este servicio es de la Comunidad de Madrid y resulta que en los nueve meses que llevamos de 2009 no ha abonado ni un euro y se les debe a estos profesionales más de 25 millones de euros. Por supuesto, el Colegio de Abogados sigue garantizando la asistencia gratuita y los abogados del turno haciendo su trabajo sin cobrar. Ante esta situación qué hace el Consejero: pues decir que hay que replantearse la asistencia letrada a los inmigrantes y que los abogados de oficio alargan intencionadamente los asuntos para cobrar más. ¡Ejercer el derecho de toda persona a los recursos! Y, en el mejor de los casos, pasar de 200 a 300 euros.

Sin duda son dos formas de ver los problemas y hacer política: la primera, estudia la situación y pone en marcha programas a medio y largo plazo que puedan solucionarlos; la segunda, se hace fotos, hace titulares y cuando hay que encarar las dificultades echa balones fuera intentando excluir a personas del servicio a la justicia gratuita y acusando a los profesionales que se dejan su tiempo y sus medios personales por una vocación de ser unos defraudadores.






18.9.09

EL VALOR DE LA EDUCACIÓN


El nuevo curso escolar ha venido precedido por los graves altercados vividos en la ciudad de Pozuelo cuando la policía prohibía hacer “botellón en la vía pública”. Quizás esos disturbios hayan sido un caso puntual dentro de las muchas concentraciones de jóvenes en las calles de España para divertirse bebiendo, pero sin duda, muestran un problema grave que no deberíamos minimizar: que el alcohol en exceso va estrechamente unido a comportamientos violentos y que muchos de nuestros jóvenes parece que no tienen otra forma de divertirse que congregándose en parques y plazas para beber hasta la embriaguez.Llegar a la raíz de esos comportamientos etílicos y violentos probablemente es muy complejo: seguro que existe mucha responsabilidad en la desatención de las familias a sus hijos, en los comportamientos y las modas que generalizan lo medios de comunicación e, incluso, en los precios desorbitados del ocio en bares y discotecas, pero también es responsabilidad de nuestra escuela que tiene que ser el espacio donde más se trabaje para crear hábitos saludables y no violentos entre nuestros jóvenes. Por eso cuando suceden estas cosas, nos guste o no, en parte también es el reflejo del fracaso de nuestro sistema educativo.En nuestros colegios e institutos tenemos grandes profesionales, que día a día se esfuerzan por mejorar el nivel en la formación y la educación de los alumnos; sin embargo, la escasa coordinación entre administraciones encargadas de gestionar el sistema educativo, la precariedad en los presupuestos para la enseñanza y debates estériles como el relacionado con la lengua en la que se imparten las clases en aquellas Comunidades con lengua propia, enredan la situación y hacen que nuestro sistema educativo siga en los últimos puestos en los ranking de éxito escolar en los países de la OCDE.
Por eso, estaría bien que todos nos tomásemos muy en serio el “Pacto por la Educación” que ha puesto en marcha el Ministro Gabilondo. Quizás, incluso empezando por el propio Ministerio, que no debe olvidar nunca su función de Alta Inspección y regulación básica para el cumplimiento del derecho a la educación de todos los españoles. En segundo lugar, también las autoridades educativas de algunas Comunidades Autónomas, dejando de dificultar la impartición de asignaturas como Educación para la Ciudadanía. En el caso de ésta última Administración –Comunidades Autónomas-, que son las que tienen las competencias más importantes, que se dejen de políticas efectistas, de puro marketing (como considerar a los profesores autoridad pública o establecer sistemas de control de notas y asistencia entre el centro y los padres) y se comprometan con un mayor presupuesto que haga posible que las necesidades de más profesorado y más recursos materiales se cubren. Por ejemplo, no es de recibo que 200.000 alumnos de la Comunidad de Madrid tengan que empezar sus clases en situación precaria por falta de presupuesto, que las ratios de alumnos por aula se incumplan en muchos colegios o que algunos centros no puedan desdoblar aulas masificadas o no puedan ofertar algunas de las asignaturas optativas por falta de profesorado. Sin olvidar que todavía en Madrid se dan clases en barracones prefabricados o en el comedor o el gimnasio de algunos Institutos y que se incumple el acuerdo que la Comunidad de Madrid firmó con los sindicatos en 2005 que establece que en cuatro años se debía alcanzar una ratio de 1.5 maestros por aula en Primaria y 2.5 en Secundaria.

3.9.09

DESPENALIZAR EL ABORTO

Han pasado veinticinco años desde que aprobamos la vigente regulación legal del aborto. En aquellos momentos se produjo un fuerte debate social sobre la conveniencia de su despenalización parcial. En ese tiempo, pese a la resistencia contumaz de la iglesia y los sectores más conservadores de la sociedad, llegamos a un acuerdo mayoritario en la calle y el Parlamento para que con el aborto no ganara la hipocresía de los que lo niegan pero ponen remedio a sus embarazos no deseados fuera de España, ni la catástrofe que se cierne sobre las mujeres sin recursos ni libertad ante un acontecimiento que marcará su vida.

El sistema de indicaciones que ha funcionado durante estos años, y que el Tribunal Constitucional avaló con la Sentencia 53/1985, supuso la despenalización el aborto en tres supuestos: aborto terapéutico, para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada; aborto ético, cuando el embarazo es consecuencia de un delito de violación; y aborto eugenésico, cuando se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas. Un sistema que, pese a la buena voluntad del Legislador, ha presentado durante todos estos años sonoros fallos: profesionales que tenían que acabar interpretando la norma, en unos casos extensivamente y con ello desbordando las previsiones del Código Penal; en otros, restrictivamente, y con ello dejando a la mujer que tiene que reaccionar ante un embarazo en poco tiempo en una situación de gran incertidumbre.
Ante estos problemas la doctrina científica jurídica y médica más autorizada han llegado a la conclusión que la mejor manera de abordar el asunto es mediante una ley de plazos. El sistema de plazos es la solución que mejor se ajusta a la visión del aborto como un conflicto de derechos y más se aleja de los enfoques morales extremos:

Por un lado, está la posición moral de la Iglesia Católica y los seguidores de sus postulados, que entienden que la vida es un valor supremo que se inicia desde la fecundación y que abortar, por tanto, supone una atentado a la vida humana en sus momentos iniciales y por ello debe ser perseguido y sancionado penalmente.

Por otro, están aquellos sectores que entienden el aborto voluntario como un derecho de la mujer en el disfrute de su sexualidad y a poder decidir sobre el momento de la maternidad sin ningún límite. El aborto se entiende como parte de la libertad y autodeterminación de la mujer: “nosotras parimos nosotras decidimos”.

La posición intermedia es la que ve el aborto como un conflicto de derechos e intereses. Es una tesis que supera las dos tesis morales antes planteadas: por un lado está el valor e interés jurídico del no nacido, que aunque no es persona es un proyecto de vida que debe interesar al Derecho; por otro, están los derechos de libertad, dignidad, circunstancias sociales y personales de la mujer que se ve afectada por un embarazo no deseado y que, evidentemente, va a condicionar su vida futura.

El sistema de plazos parte de la idea de que la vida prenatal se desarrolla en tres grandes fases: primera, la embrionaria, que se estima que da comienzo unos catorce días después de la fecundación, es el momento en el que se produce la anidación o implantación del óvulo fecundado en el útero materno y que transcurre durante los tres primeros meses de embarazo. Segunda, la fetal, que es cuando ese nuevo ser comienza a presentar signos vitales, latidos del corazón, signo de actividad cerebral y desarrollo del resto de los órganos y que transcurre durante los tres meses siguientes. Tercera, la etapa postparto, en la que el feto ya está en condiciones de poder vivir autónomamente y su maduración es tan alta que en algunos alumbramientos prematuros es factible mantenerlo con vida y garantizar su desarrollo normal.

Por ello, el sistema de plazos supone la despenalización de todo aborto consentido e informado practicado durante los tres primeros meses de gestación (fase embrionaria). La razón es que durante esa fase, la nueva vida está poco desarrollada y el aborto resulta menos peligroso para la vida y la integridad de la madre. Puesto que la vida es un proceso progresivo esa vida en formación, en un estadio tan inicial, sería menos relevante jurídicamente hablando que los derechos de libertad y dignidad de la mujer que entran en conflicto con ella.
A partir de la décimosegunda semana debe valorarse el mayor desarrollo de esa nueva vida y sólo podría producirse el aborto en supuestos muy concretos: detección de graves problemas en el feto que hacen cuestionable su vida o que se desarrolle con graves limitaciones, o peligro físico para la madre de seguir con el embarazo. En estos supuestos, es muy importante que el Legislador establezca las condiciones de forma muy cuidadosa para que la generalidad de la norma no de lugar a nuevos casos de incertidumbre que lleven a mujeres y profesionales a situaciones de inseguridad o fraude legal.

Y si esto es así, y la doctrina más autorizada de nuestro sector científico jurídico y médico lo han dicho, la pregunta es ¿cómo es posible que un órgano consultivo como es el Consejo General del Poder Judicial no emita informe alguno? Sencillamente porque nuevamente han primado las convicciones morales sobre los criterios técnicos.