30.11.09

No a la Ley de Acompañamiento


En el artículo de esta semana no querría dramatizar en exceso, pero sí hacer llegar al amable lector la importancia del problema que voy a intentar exponer: la perversión democrática, constitucional e institucional que supone la aprobación de la llamada “Ley de Acompañamiento” en los términos que se hace en la Comunidad de Madrid. También, y ya lo anticipo, quiero pedir a los grupos parlamentarios de la oposición que pongan toda su capacidad institucional para recurrirla ante el Tribunal Constitucional.



Muchos han oído hablar de la “Ley de Acompañamiento” que cada año aprueba la Asamblea de Madrid al tiempo que se tramita la Ley de Presupuestos. Incluso para muchos puede parecer algo normal y común en el trabajo legislativo parlamentario. Pero no es así. Hoy en día la “Ley de Acompañamiento” se ha convertido en uno de los atentados más graves que se asesta a la actividad legislativa y, con ello, a la democracia en nuestra Comunidad.




La técnica legislativa que hace acompañar de una ley “cajón de sastre” a la ley presupuestaria, como decía, no es nueva y aunque peculiar, no tiene por qué ser contraria a la Constitución, al respeto al Parlamento y a la función legislativa. Pero claro, siempre que se administre con prudencia, con criterio y moderación, cosa que hace muchos años no hace el Gobierno y la Asamblea de la Comunidad de Madrid.




La “Ley de Acompañamiento” surge ante una necesidad técnica que se plantea a la hora de aprobar los Presupuestos. Como es sabido, la Ley de Presupuestos consiste en el conjunto de normas que conforman el programa anual de ingresos y gastos públicos de la Administración a la que nos estemos refiriendo, en este caso la Comunidad de Madrid. Pues bien, lo que sucede es que puesto que la Ley de Presupuestos tiene un procedimiento legislativo específico y unos límites materiales, muchas veces al aprobarla se hace necesario incluir cuestiones que no caben en dicha ley, asuntos que no tienen que ver con la política presupuestaria pero que inciden en la política de ingresos y gastos públicos. Para salvar ese problema se ideó la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, la llamada “Ley de Acompañamiento”.




Como decía, es una ley que no tiene porqué ser inconstitucional (algo ha dicho ya el Tribunal Constitucional) si se utiliza con moderación y proporcionalidad. Si se hace así es un instrumento legislativo rápido y ágil para superar límites formales que impedirían que la Ley de Presupuestos fuera efectiva. El problema se plantea cuando se abusa. ¡Como siempre! Los problemas están en el uso generalizado de soluciones excepcionales que se aplican para resolver problemas concretos.




En el procedimiento legislativo es fundamental la deliberación, la publicidad y la integración de los intereses de los distintos grupos políticos que participan de la acción legislativa. La deliberación, la confrontación de posiciones políticas y la publicidad de ese debate para que los ciudadanos tengan completa información de lo que sucede en la Asamblea es fundamental para la democracia en nuestra Comunidad. Pero cuando un proyecto de ley se confecciona con la modificación de treinta o cuarenta leyes de la importancia de la Ley del Suelo, se califica para su tramitación por el procedimiento de urgencia y se debate a la par que la Ley de Presupuestos, la publicidad, la contraposición de opiniones y el conocimiento por los ciudadanos de lo que se está haciendo se hace imposible. De esa forma se oculta la acción legislativa, se manipula el sistema para hacerla opaca y se atenta contra la institución parlamentaria y la democracia misma.




Por ello, con estas líneas denuncio esta técnica legislativa antidemocrática del Gobierno de la Sra. Aguirre, el abuso que supone la utilización desproporcionada de la “Ley de Acompañamiento” en la Comunidad de Madrid, y pido públicamente a los grupos políticos de la oposición en la Asamblea que activen los mecanismos necesarios para recurrir ante el Tribunal Constitucional la Ley de Acompañamiento de los presupuestos de 2010.




Seguro que no faltarán los que digan que este es un asunto excesivamente técnico y que queda muy alejado de los problemas inmediatos de los ciudadanos. A esos yo tan sólo quiero recordarles que estamos hablando de salud democrática, de respeto a las instituciones y que, como decía Ihering, “las formas son garantía de libertad”.

1 comentario:

Secuencialogica dijo...

No has mencionado que, aunque el Gobierno actual no hace uso fraudulento de esta posibilidad, sigue abierta a posibles actuaciones en este sentido por futuros gobiernos, como lo hizo el anterior. ¿Haría falta una mayor regulación de las Leyes de Acompañamiento, o es imposible y tendremos que depender de la buena fe de los gobernantes?