22.5.08

LA PARIDAD LLEGA A LAS ELECCIONES GENERALES

Las políticas de igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres ha sido una constante en las decisiones del gobierno socialista en la VIII Legislatura. Desde el punto de vista electoral lo más significativo es la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que establece medidas para garantizar una presencia equilibrada de ambos sexos en las listas electorales.
El nuevo artículo 45 bis de la LOREG, que ha introducido la Ley 3/2007 de igualdad, establece que las candidaturas que se presenten para las elecciones de diputados al Congreso deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, de forma que en el conjunto de la lista los candidatos de cada uno de los sexos supongan como mínimo el cuarenta por ciento. Además, y para evitar que se releguen a las mujeres a los últimos puestos, dicho porcentaje se ha de mantener en cada tramo de cinco puestos. Para el Senado, también se establece esta medida, pero como el sistema electoral es abierto y desbloqueado se dice que cuando las candidaturas se agrupen en listas deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, de forma que la proporción de unas y otros sea lo más cercana posible al equilibrio numérico.
La discriminación que sufre la mujer es un mal “endémico” de casi todas las sociedades y culturas, inaceptable en un régimen político que tiene como centro de su existencia la dignidad, la libertad e igualdad de todas las personas. La democracia no es nada sin el reconocimiento de una ciudadanía participativa de todos y todas los que forman la comunidad política. Pero durante mucho tiempo, aunque formalmente la universalidad política estaba reconocida, en la práctica la vida pública y las funciones representativas quedaban vedadas a las mujeres y se convertían en un “coto” de los hombres.
En estos últimos años las/os socialistas hemos desplegado una gran campaña para desvelar que la mitad de la población -las mujeres- estaban fuera de la política y que para superar esta injusticia debíamos poner en marcha acciones positivas que garantizasen que ellas también están en los parlamentos y el resto de instituciones públicas. Hemos avanzado mucho en concienciación social, pero quedaba por llevar las medidas al BOE para una transformación más profunda.
El nuevo artículo 44 bis de la LOREG es la garantía legal de que la igualdad y la lucha contra la no discriminación que establecen los artículos 14 y 9.2 de la CE se cumplen en los órganos de representación política (Cortes Generales, Parlamentos Autónomos y Plenos municipales), no es tan sólo la culminación de un compromiso político de los socialista, ¡que lo es!, es el cumplimiento de un mandato constitucional que no acepta ninguna discriminación, y menos en la vida pública representativa que ha de ser el mejor “escaparate” de lo que es nuestra sociedad. Ahora que estamos en proceso de confección de listas para el Congreso de los Diputados y el Senado lo que toca es estar muy atentos a que todos los partidos cumplen la ley. De no hacerlo, evidentemente habrá que exigirles que lo hagan, pero sobre todo deben ser los ciudadanos los que conozcan el comportamiento de cada uno de ellos y los que deben reprobarlos negándoles su voto por ese mal actuar con las mujeres, con el Estado de Derecho y la Constitución.

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